El pasado 15-11-2017, se publicó la resolución de IDAE que establece las bases del Plan de Apoyo a la Movilidad Alternativa ( Plan MOVALT), sustituto del MOVEA 2017, que busca incentivar la adquisición en España de vehículos con energías alternativas a los combustibles convencionales, con un presupuesto de 20 millones de euros.
Finalmente la activación del citado Plan MOVALT se producirá el próximo 13-12-2017 a las 10:00 horas finalizando el 30-06-2018 o hasta el agotamiento de presupuesto
La gestión del citado programa se realizará a través de IDAE
El límite máximo de unidades será de una unidad para beneficiario persona física y 35 unidades para el resto de beneficiarios; los puntos de venta tendrán un máximo de 8 unidades vehículos de demostración con una antigüedad máxima de 9 meses; los "Minimis" afectarán ala adquisición de M1 y N1 propulsados por GLP
Estas ayudas dejan definitivamente fuera a los vehículos convencionales con motor gasolina, diésel o híbridos.
Respecto a la cuantía de las ayudas varían según el tipo de propulsión del vehículo (GLP, GNC, pila, PHEV, EREV Y EV) y el beneficiario
A efectos de las ayudas se distinguen dos grupos de beneficiarios:
grupo 1- personas físicas, profesionales, autónomos, entidades locales, Comunidades Autónoma y entidades públicas vinculadas a la Administración local, autonómica o del Estado.
grupo 2- Empresas privadas, PYMES y grandes empresas
Se excluye expresamente los puntos de venta de vehículos o concesionarios cuyo epígrafe IAE sea el 615.1 o 654, salvo que realicen otras actividades y declaren no lo van a destinar a los citados epígrafes.
A estas ayudas de la Administración deberá añadirse 1000€ aportado por el concesionario (salvo a los vehículos eléctricos o de 2-3 ruedas)
Vehículos movidos por GLP
Vehículos M1 contará con una ayuda de 500€ si el coche tiene un valor menor a 11.000 euros y de 1000€ hasta un precio máximo de 25000 euros.
Vehículos N1: las ayudas serán de 500€ en automóviles con menos de 2500 kg de masa y de 1500€ (Grupo 1) o 1200€ (Grupo 2) para aquellos que superen los 2.500 kg.
Vehículos M2 y N2: 5000€ (Grupo 1) o 2.900€ (Pymes) o 2300€ (gran empresa).
Vehículos M3 y N3: ayuda de 7000€ si el automóvil pesa menos de 18.000 kg y de 15.000 € si el vehículo pesa más de 18.000 kg.
Vehículos Movidos por GNC
Vehículos M1: con un precio máximo de 25.000€ : 2500 € (Grupo 1) 1200€ (PYMES) o 1.000€ (grandes empresas).
Vehículos N1: para vehículos de menos de 2.500 kg: 1800€ (grupo 1) 1100€ (PYME) o 900€ (grandes empresas); para vehículos de igual o más de 2,5 tn de MMTA: 4500€ (grupo 1), 1400€ (Pyme) o 1100€ (grandes empresas)
Vehículos M2 y N2: 6000€ (Grupo 1) o 2900€ (PYMES) y 2300€ (grandes empresas).
Vehículos M3 y N3: Si el vehículo pesa menos de 1,8 tn 8000€ para todos los grupos; si es mayor o igual a 18.000 euros 18.000€.
Vehículos movidos por pila de combustible: M1: 5.500 euros sin límite de precio.
Vehículos eléctricos: PHEV, EREV Y EV (híbridos enchufables)
En estos casos no hay ayudas de 1.000 euros del concesionario, sustituyéndose por otra ayuda de la misma cantidad para la instalación de un punto de recarga.
Vehículos M1: Límite de precio de 32.000 euros. Con una autonomía entre 12 y 32 km estarán subvencionados con 1300€ (Grupo 1 y PYMES) y 1100€ (grandes empresas); con autonomía entre 32 y 72 km será de2600€ (grupo 1 y Pymes) o 2500€ (grandes empresas) ; con autonomía superiores a 72 km de autonomía se beneficiarán de 5.500€ (Grupo I) o 4300€ (Pymes) o 3200€ (grandes empresas)
Vehículos N1 con una autonomía igual o superior a 32 km: 8000€ (grupo I) o 6300 € (PYMES) o 5000€ (grades empresas)
Vehículos M2 y N2: 8000€ (Grupo I), 7000€ (Pymes) o 6000€ (grandes empresas)
Vehículos M3 y N3: 15.000€
Vehículos L6e: 1950 euros (grupo I) o 1200 € (Grupo 2) ; en este supuesto hay una ayuda de 150€ adicional para la instalación de un punto de carga
Vehículos L7e:1930€ (Grupo I) o 1.500€ (grupo II) más una ayuda de 150€ adicional para la instalación de un punto de carga
Vehículos L3e, L4e y L5e: requisitos: precio de venta 8000€ y autonomía no inferior a 70 km: 750€ (Grupo 1 y Pymes) o 700€ (grandes empresas)
Entre las posibilidades del MOVALT, también se ha añadido la interesante de poder aplicar la ayuda a coches ya matriculados: Unidades con hasta 9 meses de antigüedad, y que deberán estar en manos de los concesionarios, los únicos que podrán acceder a la plataforma para activar la ayuda.
Una de las novedades es la aplicación del tiempo de entrega del vehículo: Se aumenta el plazo máximo para la carga de documentación a 150 días naturales para los vehículos industriales (de categorías M2, M3, N2, N3) y a 130 días naturales para los vehículos del resto de categorías, contados desde la fecha de activación de presupuesto de la solicitud de ayuda.
La tramitación se realizará a través de los puntos de ventas adheridos y los que ya estaban de alta en su antecesor MOVEA 2017
La citada ayuda quedará reflejada en la factura con posterioridad a la aplicación del IVA
Adjuntamos clasificación de los vehículos
a) Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
b) Autobuses o autocares M2: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje que tengan más de ocho plazas de asiento además de la del conductor, y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no sea superior a 5 toneladas.
c) Autobuses o autocares M3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje que tengan más de ocho plazas de asiento además de la del conductor y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 5 toneladas.
d) Furgonetas o camiones ligeros N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas.
e) Furgones o camiones ligeros N2: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 3,5 e inferior a 12 toneladas.
f) Furgones o camiones N3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 12 toneladas.
g) Cuadriciclos ligeros L6e: Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg., no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW.
h) Cuadriciclos pesados L7e: Cuadriciclos cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg. (550 kg. para vehículos destinados al transporte de mercancías), no incluida la masa de las baterías, y potencia máxima inferior o igual a 15 kW.
VIA: www.idae.es
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