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Tuesday, October 29, 2013

AMPLIADO EL PIMA AIRE PARA TURISMOS Y COMERCIALES Y APROBADO EL PIMA AIRE2 PARA MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES Y BICICLETAS ELECTRICAS




El Consejo de Ministros   de 25-10-13 ha aprobado el Plan PIMA Aire 2, con ayudas directas para la adquisición de motocicletas y ciclomotores eléctricos y de bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico.
La aplicación del PIMA Aire 2, que da continuidad al Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA Aire) aprobado el pasado mes de febrero, forma parte de una estrategia global, puesta en marcha por el Ministerio, para reducir significativamente las emisiones de contaminantes atmosféricos, así como las de gases de efecto invernadero.
El PIMA Aire 2 se articula a través de la modificación a trav´çes dle Real Decreto 831/2013 (BOE 26-10-13) del Real Decreto, de 8 de febrero de 2013, que regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA Aire para la adquisición de vehículos comerciales y turismos.
Esta iniciativa, con una dotación de 38 millones de euros, está destinada a la mejora de calidad del aire en España mediante la renovación de los vehículos y su sustitución por otros modelos más eficientes y de menor impacto medioambiental.
Ayudas para motos y bicis eléctricas
Las ayudas previstas en el PIMA Aire 2 serán financiadas con cargo a la misma aplicación presupuestaria que la del Plan PIMA Aire, por lo que no supondrá ningún incremento del gasto público.
Los beneficiarios obtendrán las ayudas directamente a la hora de abonar la factura en el punto de venta o concesionario y su cuantía para la adquisición de motocicletas eléctricas será de cuatrocientos euros, más doscientos euros que deberá aportar el punto de venta.
Para los ciclomotores eléctricos ascenderá a 250 euros, más cien euros del punto de venta. En estos dos casos el comprador deberá dar de baja definitiva un vehículo de su propiedad de categoría igual (Categoría L), con más de cinco años, o superior (M o N1), con más de siete años.
Cuando no se dé de baja otro vehículo, la ayuda se reduce a 350 euros para motocicletas, más 150 euros que aporta el punto de venta; y 230 euros para ciclomotores, más 70 euros que aportará el punto de venta.
Respecto a las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido con batería que no sea de plomo-ácido y autonomía entre veinte y sesenta kilómetros, se prevén ayudas de doscientos euros.
AMPLIADOS LOS BENEFICIARIOS A LOS PARTICULARES
Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar los beneficiarios para ambos tipos de ayudas (PIMA Aire y PIMA Aire 2) para que puedan acceder a ellas tanto particulares como empresas. El plazo de presentación de solicitudes también se amplía, ya que estaba fijado hasta el 31 de diciembre de 2013, y ahora se prolongará hasta el agotamiento del crédito.


AMPLIADO EL PLAN PIVE PARA VEHÍCULOS EFICIENTES CON OTROS SETENTA MILLONES DE EUROS



Se apoyará la compra con un mínimo de dos mil euros con carácter general al igual que en el plan anterior, aportados a partes iguales por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y por el fabricante o punto de venta.
Se apoyará la compra de determinados vehículos para familias numerosas y para discapacitados con un mínimo de 3.000 euros.

El Consejo de Ministros  de 25-10-13  ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones del "Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-4)", Real Decreto 830/2013, de 25 de octubre, publicado en el BOE de 29-10-13 y con entrada en vigor para el día siguiente.
Con ello se amplia en setenta millones de euros la dotación de este programa ante la favorable acogida por parte de consumidores del programa y el efecto positivo en la economía y el medio ambiente.
Con esta ampliación, que sube el monto total de fondos destinados por el Gobierno a 365 millones de euros, se eleva el ahorro anual de combustible a 127 millones de litros, con una reducción de emisión de gases de efecto invernadero de 261.000 toneladas de CO2al año. La recaudación fiscal (Impuesto sobre el Valor Añadido) inducida asciende a casi mil millones de euros.
El PIVE mantiene sus principales características e incluye entre los vehículos subvencionables aquellos adaptados para los discapacitados.
Con la ampliación se financiará la sustitución de unos 70.000 vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de diez años y siete años de antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de combustibles y emisiones de CO2.
Podrán beneficiarse de las ayudas particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES.
El beneficiario obtendrá la subvención directamente mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo, que deberá estar adherido al Plan mediante un procedimiento regulado y publicado en la página webwww.idae.es. Aquellos concesionarios ya adheridos a la tercera convocatoria lo estarán automáticamente en la ampliación. Los ciudadanos podrán consultar el listado de establecimientos adheridos en esa misma página. 
Ayudas
La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de mil euros por vehículo, a los que se sumará el descuento que ha de aplicar el fabricante o punto de venta del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de otros mil euros.
En caso de vehículos de más de cinco plazas para familias numerosas o de vehículos para discapacitados, la ayuda y el descuento se incrementarán en quinientos euros, hasta una ayuda total de tres mil euros.
La ampliación estará vigente desde el 28 de octubre de 2013 y tendrá una vigencia de un año de duración o hasta el agotamiento de los fondos. Según cálculos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), el ahorro energético asociado a esta ampliación ascenderá a unos veinticuatro millones de litros de combustible y 50.000 toneladas de CO2 al año.
Vehículos
Los vehículos susceptibles de acogerse al programa serán nuevos y deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- Vehículos de turismo (categoría M1):
  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos) que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos" según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.
  • Eléctricos puros.
  • Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
  • Eléctricos puros.
3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.
4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.
5.- Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez años (M1) / siete años (N1) desde su primera matriculación.
6.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los veinticinco mil euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida. Exclusivamente para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas y vehículos para discapacitados señalados anteriormente, se eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los treinta mil euros, antes de IVA.
Los programas de apoyo a la renovación del parque de vehículos se han mostrado como una de las medidas más efectivas para la reducción del consumo energético, con efectos adicionales positivos en materia ambiental y de seguridad vial.



Tuesday, October 1, 2013

En Guiral apoyamos a los jóvenes emprendedores, visitanos gratuitamente para poder asesorarte e informarte, facilitándote así el inicio de tus actividades empresariales.

La Ley de Emprendedores incentivará la creación de proyectos empresariales en el ámbito universitario.
Guiral   
En Guiral apoyamos al emprendedor, visitanos gratuitamente para poderte asesorar e informarte facilitándote así  el inicio de tus actividades empresariales.  
Nueve ministerios han participado en la elaboración de uno de los proyectos legislativos más emblemáticos del Gobierno, que revisará toda la normativa relativa al emprendimiento y afectará tanto al diseño de las materias en la Educación Primaria como a la política de concesión de visados de residencia del Gobierno.
Resumimos en seis líneas de actuación y quince medidas la filosofía de la última reforma gubernamental:

Creación de una 'cultura del emprendimiento'

- Aprender a emprender desde el 'cole'. La ley prevé la incorporación desde la Educación Primaria y durante toda la etapa educativa de contenidos orientados a la adquisición de competencias para la creación y desarrollo de proyectos empresariales. El Ministerio de Educación realizará cursos específicos para formar al profesorado.
Creación de las 'miniempresas' o empresas de estudiantes. Se trata de una nueva y revolucionaria herramienta pedagógica que permitirá a los estudiantes universitarios desarrollar su propio proyecto empresarial bajo una serie de requisitos y limitaciones. Su periodo de vida coincidirá con la duración del curso escolar, si bien podrá prorrogarse a dos años, y podrán realizar transacciones económicas, emitir facturas y abrir cuentas bancarias. El Gobierno regulará reglamentariamente el modo en que cumplirán con sus obligaciones fiscales y contables.

Impulso al proyecto emprendedor

Tarifa plana de 75 euros para los nuevos emprendedores. Todos los ciudadanos que quieran poner en marcha su propio proyecto emprendedor como autónomos a partir de la entrada en vigor de la ley (al día siguiente de que se publique en el BOE) podrán acogerse a la denominada tarifa plana, que permitirá reducir en un 80% la cuota mínima de autónomos en los primeros seis meses de actividad, en un 50% en los siguientes seis, y en un 30% en los seis posteriores.
Se publicitó como la tarifa plana de 50 euros, pero lo cierto es que, dado que la tarifa mínima de autónomos es de 256,72 euros para 2013 y que la reducción no afecta a la cotización por incapacidad temporal, la cuota a pagar durante los seis primeros meses de actividad estará en el entorno de los 75 euros, durante los seis siguiente en 146 euros, mientras que en el tramo final se situará en unos 170 euros.
- 'Emprendedor de Responsabilidad Limitada'. Se crea la nueva figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), que permitirá proteger el patrimonio personal del emprendedor ante las eventuales deudas que pudiera generar su actividad empresarial. La norma preservará la vivienda habitual del deudor en las posibles reclamaciones de acreedores por deudas generadas en la actividad empresarial o profesional, con la excepción de los casos de fraude o negligencia grave.
- Supresión del requisito de capital mínimo para crear una sociedad.La ley crea la nueva figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva que permitirá poner en marcha una sociedad sin necesidad de atender al requisito de aportar un capital mínimo de 3.000 euros. A cambio, se restringe la retribución anual que pueden percibir socios y administradores, y la posibilidad de repartir dividendos.

Mejora del entorno normativo

- Agilización de la creación de empresas. El eslogan de que los españoles podrán crear una empresa en un solo trámite y en apenas 24 horas, cuando hoy necesitan hasta una decena de trámites administrativos y casi un mes de gestiones, amenaza con quedarse en eso, en un eslogan. La ley fijar un método rápido de constitución de sociedades mediante modelos simplificados y procesos telemáticos, pero el Ejecutivo ya habla de 24 o 48 horas y simplemente como referencia, no como disposición legal.
Garantía de una segunda oportunidad. Las encuestas señalan que los emprendedores identifican el fracaso de su proyecto empresarial con su propio fracaso. Es decir, no lo vuelven a intentar. Los emprendedores de éxito aseguran, por el contrario, que el fracaso es el primer mandamiento del emprendedor. Siguiendo esa filosofía, la ley agiliza la liquidación de los proyectos fallidos mediante acuerdos extrajudiciales con los acreedores y les ofrece mayor protección, previendo quitas de hasta el 25% y moratorias de hasta tres años.

Incentivos fiscales

Tipo superreducido del 15% para las pymes que reinviertan sus beneficios. La nueva ley establece una nueva deducción del 10% en la cuota del Impuesto de Sociedades para los beneficios de las pequeñas y medianas empresas que, en lugar de repartirse entre los accionistas o los propietarios, se reinviertan en nuevos activos para impulsar el negocio. La medida supone la creación 'de facto' de un tipo superreducido del 15% para las pymes que reinviertan sus ganancias.
- Criterio de IVA de caja. Se crea un régimen especial para autónomos y pymes, de carácter voluntario, que permitirá evitar el ingreso del impuesto en Hacienda hasta el momento de cobro de la factura. Según el Gobierno, 2,3 millones de pymes y autónomos se podrán beneficiar de este régimen.
Ayudas a la I+D para empresas con pocos beneficios o en pérdidas.En el marco tributario actual sólo se pueden beneficiar de la deducción por I+D las empresas que presenten un determinado nivel de beneficios. Para evitar que esta circunstancia desincentive la actividad investigadora en empresas con márgenes más reducidos o que están en pérdidas, la ley les permitirá solicitar a la Hacienda Pública una compensación por las cantidades que les hubiera correspondido deducirse por sus inversiones en I+D. El único límite es que esa devolución no podrá superar los 3 milones de euros.
Incentivos fiscales a financiadores de proyectos emprendedores. Los inversores particulares que respalden con financiación proyectos empresariales nuevos o de reciente creación (business angels) podrán deducirse un 20% de la cuantía aportada en la cuota estatal del IRPF y tendrán exención total sobre los beneficios que obtengan siempre que se materialicen en un plazo máximo de doce años y que se reinviertan en otra sociedad.

Apoyo a la expansión de los proyectos

Reducción de cargas administrativas. El Gobierno revisará el marco legal del emprendimiento todos los años para eliminar los obstáculos que se identifiquen a este tipo de actividad, se compromete a reducir una carga administrativa por cada nuevo trámite que se establezca y simplificará las obligaciones estadísticas, contables y mercantiles en los primeros años de actividad.
Más facilidades para optar a contratos públicos. Se facilitará el contacto entre emprendedores para crear uniones de empresas que concurran a concursos públicos, se elevará a 500.000 euros el umbral a partir del cual será necesaria la clasificación previa de competidores en las licitaciones (un sistema que desaloja a las pequeñas empresas) y se simplifican trámites para acceder a este tipo de concursos.

Ayudas a la internacionalización

Facilitar acceso a planes de instituciones internacionales. La ley compromete a los poderes públicos a prestar asesoramiento a los emprendedores que quieran acceder a los planes de ayuda al emprendimiento de las instituciones internacionales.
- Atraer inversiones y talento a España. Sin posibilidades presupuestarias para ofrecer incentivos económicos, el Gobierno utilizará el estímulo de los permisos de residencia para atraer inversiones significativas en deuda pública (más de dos millones de euros), compra de vivienda (de más de 500.000 euros) o proyectos empresariales.