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Thursday, November 29, 2012

ITV: el gobierno ultima una nueva normativa para las inspecciones técnicas



ITV: el gobierno ultima una nueva normativa para las inspecciones técnicas
Según estadísticas de la Unión Europea, desde el 5º años se produce un incremento en la gravedad de los accidentes relacionado directamente con la existencia de problemas mecánicos
Se avecinan cambios para la normativa de la ITV. O así lo parece y nos lo cuentan desde El Confidencial Digital. Cambios que parecen estar ya confirmados y que nos dejarían con una nueva normativa para lasITV con nuevos periodos y casos en los que un vehículo tendrá que pasarla. Una nueva normativa en la que se perseguirá el fraude, la triste práctica de la manipulación del cuentakilómetros o habrá que pasar la ITV tras un accidente, además de otros nuevos casos en los que será necesario acudir a la ITV.
Además parece seguir con paso firme la implantación de la ITV anual para aquellos coches que superen los seis años desde su matriculación, en lugar de a partir de los diez años. Nuevas medidas para asegurar una buena salud de nuestro parque automovilístico que ya habrían sido presentadas por el Ministerio de Industria a la Dirección General de Tráfico, ITV, Asociación de Automovilistas y Guardia Civil y que ya habrían sido aprobadas por estos, estando el texto final prácticamente cerrado.Estas son las nuevas medidas que contempla la nueva normativa de ITV:

ITV anual a partir del sexto año de matriculación:

ITV: el gobierno ultima una nueva normativa para las inspecciones técnicas
Seguirá habiendo una primera ITV a los cuatro años, una segunda al sexto año y a partir de aquí una ITV cada año en lugar de desde el décimo año. Según la fuente consultada por El Confidencial Digital, con esta medida “se busca tener un mayor control de los posibles fallos del sistema que puedan tener los vehículos, y que en los últimos años se han multiplicado”.
Una medida que ya te adelantábamos hace unos meses junto a la posibilidad de que a partir de los 160.000 km, pasado el cuarto año desde la matriculación, las ITV también sean anuales. Esta medida, basándose en los kilómetros además de en los años, no ha tenido reflejo en la información publicada por El Confidencial Digital, por lo que puede que no aparezca en el texto definitivo.
Pero además de esta entrada de las inspecciones anuales a partir del sexto año se contemplan otras medidas.

Otras nuevas medidas: ITV tras un accidente, tras un cambio de titular, control del kilometraje…

ITV: el gobierno ultima una nueva normativa para las inspecciones técnicas
ITV para todos aquellos coches que hayan sufrido un accidente grave
Tras un accidente grave, un accidente que haya afectado a ruedas, suspensión, dirección, frenos o zonas de deformación, señalan desde la fuente, habrá que pasar una ITV.
ITV con la modificación de componentes relacionados con la seguridad y medio ambiente
Habrá que pasar la ITV cuando los elementos de nuestro vehículo destinados a la protección del medio ambiente, así como los sistemas de seguridad, hayan sido “alterados o modificados”.
ITV tras un cambio de titularidad
Ahora para llevar a cabo un cambio de nombre de un vehículo era necesario que este tuviera la ITV en vigor, ahora, según señalan estos primeros datos sobre la nueva normativa de la ITV habrá que pasar una inspección tras el cambio de titular, ya no sólo que este en vigor.
* Control de los kilómetros
En el informe de inspección aparecerán reflejados los kilómetros del coche siendo obligatorio en cada nueva inspección presentar el certificado de la ITV anterior. Habrá una mayor persecución de esta práctica, buscando que este fraude sea considerado un delito.
* Periodos de gracia
Se amplían los plazos entre la fecha fijada para pasar la inspección, tanto antes como después. Se podrá pasar la ITV un mes antes de la fecha fijada para su inspección y se podrá pasar hasta dos meses después.
ITV: el gobierno ultima una nueva normativa para las inspecciones técnicas
Por el momento todas estas medidas no son oficiales, recordamos que se trata de algunos de los detalles de la nueva normativa para la ITV que ha podido saber El Confidencial Digital. Unas medidas que si bien seguro son señaladas por muchos como recaudatorias, al fin y al cabo adelanta el pago anual de la ITVhasta los 6 años, nos dejarían con un parque automovilístico “más sano”, aumenta la seguridad de todos, ayuda a que exista un mayor control sobre el estado de nuestro vehículo y además introduce una mayor persecución del kilometraje de los vehículos, una de las grandes lacras de nuestro mercado de ocasión.
Estaremos atentos para informaros tan pronto como el texto de la nueva normativa de ITV sea oficial.

Thursday, November 8, 2012

TRANSPORTE FRIGORÍFICO POR CARRETERA En la actualidad, España cuenta con la flota más moderna del mundo de camiones frigoríficos






El 90% de las exportaciones hortofrutícolas, 5,9 millones de toneladas en lo que va de año, se realizan por carretera en camiones frigoríficos, asegura la Asociación Española de Empresarios de Transportes bajo Temperatura Dirigida (Atfrie). “Las empresas de transporte frigorífico apuestan por modernizar su flota de camiones para mantener su calidad de servicio al transporte alimentario”.
En la actualidad, España cuenta con la flota más moderna del mundo de camiones frigoríficos y como señala José María Arnedo, presidente de Atfrie, “los empresarios del transporte frigorífico seguimos haciendo un gran esfuerzo económico para modernizar aún más nuestras flotas y ofrecer el mejor servicio a consumidores y clientes, a pesar de las dificultades que atraviesa el sector”. En el último año, los empresarios del transporte frigorífico han seguido adquiriendo y por tanto mejorando su oferta de camiones de última tecnología y adaptados a la nueva normativa Euro 5 EVV y Euro 6, vehículos más eficaces y menos contaminantes que un turismo.
Unas inversiones que llegan a pesar de que el sector del transporte por carretera tiene que soportar un continuo incremento de los costes a nuestro juicio nunca justificados “con repetidas subidas de los precios del gasóleo y en los últimos meses del precio de los peajes de las autopistas españolas que han aumentado un 7,5% como consecuencia de la pérdida de una subvención que les aportaban hasta ahora los gobiernos de turno”, como recuerda José María Arnedo. Por otro lado, mientras que las exportaciones crecen, este año se espera un incremento del 10% de las exportaciones hortofrutícolas con respecto a 2011, las importaciones se desploman como consecuencia de la caída del consumo interno, esto supone que los camiones vuelven prácticamente vacíos a nuestro país, reduciendo la rentabilidad de los viajes.
“Lo que incide de forma brutal en la rentabilidad de las empresas de transporte frigorífico, que pese a esa circunstancia siguen prestando un excelente servicio de calidad, nunca valorado ni pagado en lo que vale”, destaca la asociación. “Mientras administración y curiosamente alguna asociación de agricultores apuestan por que la competencia (el ferrocarril) se instale entre nosotros aún a costa de multimillonarias inversiones, y de que el mismo pueda ser la puntilla tanto de sus “negocios” como de los nuestros, pues se olvidan de lo necesario que resulta para los intereses comerciales de Marruecos y China”, subraya.


Posición de España
“Un año más, España mantiene su liderazgo a nivel mundial en la exportación de frutas y verduras”, señala la asociación, destacando que siguen siendo Andalucía, Comunidad Valenciana y Murcia, por este orden, “las comunidades que encabezan las exportaciones hortofrutícolas en nuestro país”. Unas exportaciones que tienen como principal destino la Unión Europea, a donde llegan el 93,5% de los productos. Por países, Alemania, Francia, Reino Unido y Países Bajos acaparan el 65% de las exportaciones hortofrutícolas de España.
Después de las cifras alcanzadas de enero a agosto de 2012, la exportación de frutas y hortalizas se ha situado en 7,3 millones de toneladas y 3.776 millones de euros, lo que representa un incremento del 7% en volumen y un 5% en valor con respecto al mismo periodo del año anterior. Unas cifras que han convertido al campo español en sector de vital importancia para la balanza comercial del país, y aquí el transporte frigorífico juega un papel fundamental, ya que el 90% de las exportaciones hortofrutícolas, 5,9 millones de toneladas en lo que va de año, se realizan por carretera en camiones frigoríficos.

La empresa de transporte frigorífico Llacer y Navarro incorpora 50 camiones Scania V8 a su flota





La compañía valenciana Llacer y Navarro ha añadido 50 camiones Scania R 500 V8 a su servicio de transporte frigorífico. La flota de la empresa es hoy en día de 320 unidades, 200 de ellas son camiones Scania. La venta se ha realizado a través del concesionario oficial Scavalenvia S.A.
Llacer y Navarro ha realizado una clara apuesta por los vehículos Scania con su última compra. La compra tiene el objetivo de reforzar y modernizar la flota de la empresa, compuesta principalmente por vehículos Scania. Los 50 camiones Scania R V8 han sido adquiridos por la empresa valenciana a través del concesionario oficial de Scania Hispania, Scavalencia S.A. El acuerdo incluye servicios de financiación contratados con Scania Finance, además de contratos de reparación y mantenimiento que incluyen tanto su revisión planificada, como todas las reparaciones ocasionadas por el desgaste y el seguro Scania.

Los vehículos
La gama V8 ofrece una combinación de prestaciones, eficacia, economía de combustible y vida útil que se traducen en un alto nivel de productividad en todos los aspectos. Estos camiones presentan unos niveles de consumo sumamente reducidos, gracias a sus motores, que cumplen sobradamente con los estándares Euro 5 y EEV. Además, los motores de toda la gama pueden ser utilizados con biocombustibles. Las cabinas presentan un diseño aerodinámico que ayudan a esta reducción en el gasto de combustible. Son vehículos fácilmente reconocibles gracias a este diseño. Cuentan también con  faros de xenón como opción entre otras características.

Nota informativa nº NIS019-00-12, referente a la obligatoriedad de obtener una homologación para los vehículos completados de la categoría N1, a partir del 29/04/2013.










Wednesday, October 31, 2012

Novedades en el régimen de módulos para 2013

El método de estimación objetiva de rendimientos para determinadas actividades económicas, para 2013, se aplicará, en los términos que reglamentariamente se establezcan, con arreglo a las siguientes normas: 
  1. Los contribuyentes que reúnan las circunstancias previstas en las normas reguladoras de este método determinarán sus rendimientos conforme al mismo, salvo que renuncien a su aplicación, en los términos que reglamentariamente se establezcan. 
  2. El método de estimación objetiva se aplicará conjuntamente con los regímenes especiales establecidos en el Impuesto sobre el Valor Añadido IVA) o en el Impuesto General Indirecto Canario, cuando así se determine reglamentariamente. 
  3. Este método no podrá aplicarse por los contribuyentes cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente:


a. Que determinen el rendimiento neto de alguna actividad económica por el método de estimación directa. 

b. Que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior supere cualquiera de los siguientes importes: 

  • Para el conjunto de sus actividades económicas, 450.000 euros anuales. 
  • Para el conjunto de sus actividades agrícolas y ganaderas, 300.000 euros anuales
  • Para el conjunto de sus actividades clasificadas en la división 7 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas a las que sea de aplicación lo dispuesto en la letra d) del apartado 5 del artículo 101 de la LIRPF, 300.000 euros anuales. 
A estos efectos, solo se computarán las operaciones que deban anotarse en el Libro registro de ventas o ingresos previsto en el artículo 67.7 del Reglamento de este Impuesto, o en el libro registro de ingresos previsto en el artículo 40.1 del RIVA, y las operaciones por las que estén obligados a emitir y conservar facturas, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre. 

No obstante, deberán computarse no solo las operaciones correspondientes a las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, sino también las correspondientes a las desarrolladas por el cónyuge, descendientes y ascendientes, así como por entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de los anteriores, en las que concurran las siguientes circunstancias: 
  • Que las actividades económicas desarrolladas sean idénticas o similares. A estos efectos, se entenderán que son idénticas o similares las actividades económicas clasificadas en el mismo grupo en el Impuesto sobre Actividades Económicas. 
  • Que exista una dirección común de tales actividades, compartiéndose medios personales o materiales. 
Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado una actividad, el volumen de ingresos se elevará al año. 
c. Que el volumen de las compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior supere la cantidad de 300.000 euros anuales. En el supuesto de obras o servicios subcontratados, el importe de los mismos se tendrá en cuenta para el cálculo de este límite. 
A estos efectos, deberán computarse no solo el volumen de compras correspondientes a las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, sino también las correspondientes a las desarrolladas por el cónyuge, descendientes y ascendientes, así como por entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de los anteriores, en las que concurran las circunstancias señaladas en la letra b) anterior. 
Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado una actividad, el volumen de compras se elevará al año. 
d. Que las actividades económicas sean desarrolladas, total o parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del Impuesto al que se refiere el artículo 4 de esta Ley. 
e. Tratándose de contribuyentes que ejerzan las actividades a que se refiere la letra d) del apartado 5 del artículo 101 de la LIRPF, cuando el volumen de los rendimientos íntegros del año inmediato anterior correspondiente a dichas actividades que proceda de las personas o entidades previstas en el artículo 99.2 de esta Ley supere cualquiera de las siguientes cantidades:
    • 50.000 euros anuales, siempre que además represente más del 50% del volumen total de rendimientos íntegros correspondiente a las citadas actividades. 
    • 225.000 euros anuales. 
Lo dispuesto en esta letra e) no será de aplicación respecto de las actividades incluidas en la división 7 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas. (Transporte y comunicaciones)
Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado una actividad, el volumen de rendimientos íntegros se elevará al año. 

4. El ámbito de aplicación del método de estimación objetiva se fijará, entre otros extremos, bien por la naturaleza de las actividades y cultivos, bien por módulos objetivos como el volumen de operaciones, el número de trabajadores, el importe de las compras, la superficie de las explotaciones o los activos fijos utilizados, con los límites que se determinen reglamentariamente para el conjunto de actividades desarrolladas por el contribuyente y, en su caso, por el cónyuge, descendientes y ascendientes, así como por entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de los anteriores. 

5. En los supuestos de renuncia o exclusión de la estimación objetiva, el contribuyente determinará el rendimiento neto de todas sus actividades económicas por el método de estimación directa durante los tres años siguientes, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.

La nueva normativa obliga a los contribuyentes a declarar cuentas, activos e inmuebles en el extranjero.






La nueva normativa obliga a los contribuyentes a declarar cuentas, activos e inmuebles en el extranjero. Para ello, Hacienda deberá establecer un nuevo formulario y, por cada dato incorrecto, se impondrá una sanción de 5.000 euros. Además, y eso es lo importante, el declarante deberá ser capaz de demostrar que los bienes situados en el extranjero se adquirieron con rentas declaradas. En caso contrario, se imputarán al "al período impositivo más antiguo entre los no prescritos". Esto equivale a una declaración de imprescriptibilidad.



Si un contribuyente abrió una cuenta en Suiza con renta no declarada de un millón de euros en 2004 -ejercicio que ya está prescrito- Hacienda, con la legislación actual, solo puede reclamar los intereses logrados por esta cuenta en los últimos cuatro años, pero no el capital total.






Se prohiben los pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en operaciones en las que intervenga un empresario o profesional.






A partir del 19 de noviembre (20 días de su publicación)  se prohiben los pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en operaciones en las que intervenga un empresario o profesional.

Es decir, la venta de una vivienda de un particular a otro no estará sujeta a este límite. La medida persigue poner coto al tradicional con IVA_o sin IVA y lograr que siempre exista un rastro en la operaciones comerciales superiores a 2.500 euros. En caso de incumplir la normativa, Hacienda entenderá que el infractor es tanto el que paga como el que recibe el dinero y, las dos partes responderán "de forma solidaria" a la sanción, que ascenderá al 25% del importe de la operación realizada en efectivo.

Un ejemplo: un contribuyente hace obras en su casa y paga 3.000 euros en efectivo a un fontanero. Si Hacienda descubre la operación, la sanción será el 25% de 3.000 euros (750 euros). La Agencia Tributaria podrá dirigirse contra cualquiera de las partes para cobrar la sanción o exigir que el particular y el profesional abonen a medias la multa.




Existe una forma de librarse de la sanción y es convertirse en un delator. La nueva ley contempla que si una de las partes de una operación que incumple ese límite de 2.500 euros, denuncia el hecho a la Agencia Tributaria antes de los tres meses siguientes al pago en efectivo, quedará exonerado de cualquier responsabilidad. Hacienda logra con esta medida generar intranquilidad entre los contribuyentes, que pueden tener la tentación de denunciar antes que lo haga la otra parte. Es un dilema clásico de la teoría de juegos.





Monday, October 22, 2012

Guiral les ofrece la posibilidad de descargar los formularios más solicitados para las gestiones de Transportes.

Guiral les ofrece la posibilidad de descargar los formularios más solicitados para las gestiones de Tráfico de Conductores.

               
           Descarga de formularios Conductores







                

Guiral le ofrece la posibilidad de descargar los formularios más solicitados para las gestiones de Tráfico de Vehículos.

                       
             Descarga de formularios Trafico-Vehiculos









Monday, October 15, 2012

Aplazamiento del etilómetro en Francia al 1 de Marzo




El Gobierno francés estudia la posibilidad de derogar la obligatoriedad de llevar etilómetros en los vehículos que circulen por sus carreteras.

Transitoriamente ha aplazado su entrada en vigor hasta Marzo de 2013.

 
Como se recordará, el anterior Gobierno francés aprobó mediante el Decreto nº 2012/284 de 28 de Febrero de 2012 la obligatoriedad de que a partir de julio de este año todos los vehículos a motor (esto es, camiones, autobuses, turismos y motocicletas de más de 50 cm³) que circulen por las carreteras francesas debían llevar obligatoriamente un etilómetro a bordo, estableciendo un régimen sancionador en caso de incumplimiento que entraría en vigor a partir del próximo 1 de Noviembre.

Sin embargo, ante las dificultades que ha habido para suministrar etilómetros suficientes ante la demanda de los conductores tanto franceses como de los países europeos limítrofes, y la limitación de la capacidad de producción por parte de los fabricantes de dichos aparatos (situados principalmente en China y el Norte de África), unido a los abusos cometidos por algunos establecimientos, que han quintuplicado los precios de venta de los etilómetros debido a su escasez, ha obligado al Gobierno francés a aplazar la entrada en vigor de su régimen sancionador hasta el 1 de Marzo de 2013, para permitir que todos los conductores “se puedan equipar de etilómetros de forma adecuada y a un precio justo”, como ha indicado el Ministro de Interior francés, Manuel Valls.




Asimismo el Ministro francés ha anunciado que estudiará la conveniencia de mantener la obligatoriedad de dicha medida, lo que someterá en próximas fechas a consulta del Consejo Nacional de Seguridad Vial y de las asociaciones de conductores y de víctimas de la carretera.

Wednesday, October 10, 2012

Guiral presenta "Tracer" la nueva herramienta de gestión para Concesionarios y Renting





Delante de las necesidades y retos que se nos plantean, Guiral Asesoría y Gestión, ha desarrollado e incorporado una herramienta de gestión informática, la cual genera en Trafico-Vehículos todo el proceso de matriculaciones, transferencias, provisionales, Informes, bajas etc..., así como el seguimiento en el área de gestiones de Trafico-Vehículos y el acceso directo a todos los documentos como la ficha técnica, el permiso de circulación, D.N.I., facturación, contratos,  mandatos etc...
Todo el proceso queda integrado a través de un programa informático: "Tracer On-Line" con acceso y gestión directa para nuestros clientes.

Esta herramienta es un primer paso hacia una gestión totalmente digitalizada.



                                                        Presentacion Tracer











Monday, October 8, 2012

Feria Internacional de Auxilio y Rescate 2012



Guiral Asesoría y Gestión, visito la Feria Internacional de Auxilio y Rescate 2012 celebrada en la población de Santa Susana, Barcelona.




En esta feria pudimos ver desde los últimos avances tecnológicos a una grúa clásica en perfecto estado, se dieron cita las empresas mas prestigiosas del sector como:

Mitsubishi- Carbo Techologies -Eurogruas  -Foima -Tarsoman -Hartmann -Man -Sanz y Domecq -Isuzu -Neeb -Gruas Sant Jordi -Ok 24h -Vemasur  -Peragon -Lambda -Investel -Aircraft -Idx servitronic -Iveco -Medicrane -Jige -Autodrain- etc...

Asistimos tambien a varias ponencias, todas ellas fueron muy interesantes.





Stand de IVECO





Stand de ISUZU






Stand de CARBO TECHNOLOGIES





Stand de AUTODRAIN












                                                                   
                                                              Stand de FOIMA







No nos queda mas que felicitar a la Federación Nacional de Empresas de Auxilio en carretera, ANEAC-FENEAC, por el éxito internacional de este evento.