Formulario A) Vehículos camiones N2 y N3 de GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas
Los vehículos turismos (M1) y furgonetas ligeras (N1) de gas no están incluidos en las Bases Reguladoras (Real Decreto 72/2019).
Los camiones (N2 o N3) bifuel incluidos sólo son los de gasolina-gas (no diesel o gasóleo).
En caso de vehículos transformados, estos deben ser nuevos y ser transformados y garantizados bajo el control del fabricante mediante su red autorizada.
El vehículo adquirido debe figurar en la base de datos de vehículos del IDAE (http://www.idae.es/coches-cuanto-consumen)
Formulario B) Vehículos turismo (M1) y furgonetas ligeras (N1) de BEV, Reeves, FCV y FCHV presupuesto de 1.623.547,91 €. En en caso de PHEV presupuesto de 324.709,58 €
En caso vehículo a desguazar:
- Vehículo turismo (M1)> 10 años o furgoneta ligera (N1)> 7 años o Disponer de la ITV vigente en fecha 02/15/2019
- Estar en nombre del solicitante los últimos 12 meses antes de la solicitud.
-Disponer del impuesto de tracción mecánica (IVTM) abonado en 2018.
Nota: las Bases Reguladoras (Real Decreto 72/2019) no incluye los vehículos híbridos que no sean enchufables
El vehículo adquirido debe figurar en la base de datos de vehículos del IDAE (http://www.idae.es/coches-cuanto-consumen)
Formulario C) Motocicletas L3e, L4e, L5e y cuadriciclos L6e y L7e de BEV presupuesto de 389.651,50 €
Las baterías deben ser de litio.
Las motocicletas L3e, L4e y L5e o Deben tener una velocidad de diseño superior a 45 km / h. o Potencia nominal eléctrica igual o superior a 3 kW y una autonomía mínima 70km.
Los cuadriciclos ligeros L6e deben tener una masa en vacío (sin baterías) inferior o igual a 350 kg y potencia inferior o igual a 4kW.
Los cuatriciclos L7e deben tener una masa en vacío (sin baterías) igual o inferior a 400kg (550kg si es para transporte mercancías) y potencia inferior o igual a 15 kW. formulario
Formulario D) Vehículos camiones N2, N3 y autobuses M2, M3 de BEV, REEV, PHEV, FCV y FCHV presupuesto de 714.361,08 €
IMPORTE DE LAS AYUDAS
En caso de que el beneficiario sea una persona física mayor de edad, un profesional autónomo, una entidad pública vinculada al sector público, una persona física con movilidad reducida,
persona física integrante de una familia numerosa o un profesionales autónomos con discapacidad con movilidad reducida:
En caso de que el beneficiario sea una empresa privada y de acuerdo con el tamaño de la misma, pequeña y mediana empresa (PYME) o gran empresa:
En caso de que el beneficiario sea una persona física mayor de edad, un profesional autónomo, una entidad pública vinculada al sector público, una persona física con movilidad reducida,
persona física integrante de una familia numerosa o un profesionales autónomos con discapacidad con movilidad reducida:

En caso de que el beneficiario sea una empresa privada y de acuerdo con el tamaño de la misma, pequeña y mediana empresa (PYME) o gran empresa:
Número de vehículos máximo
• Personas físicas: 1 vehículo por beneficiario
• Resto: 30 vehículos por beneficiario
Plazo de presentación de solicitudes Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria, 21/05/2019 y hasta agotar el presupuesto disponible para esta actuación o como máximo
el 31 de diciembre de 2019.
Período de ejecución 12 meses desde la fecha de notificación de la Resolución de concesión de la ayuda. La notificación de la resolución por parte de la administración se puede alargar
hasta 6 meses a contar desde la solicitud
Documentos a adjuntar en la solicitud
• Presupuesto detallado de la actuación.
• Fotocopia del DNI / NIE / NIF según corresponda.
• En caso de que no sea persona física, documentación acreditativa de las facultades de representación para la persona que presenta la solicitud
• En el caso de una entidad vinculada o dependiente del sector público, declaración responsable donde acredite su adscripción.
• Para profesionales autónomos, certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores emitido por la agencia Tributaria.
• En el caso de no autorizar su consulta:
- Certificado acreditativo de estar al corriente de pago con la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS)
-Certificado acreditativo de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria (AEAT)
• Del vehículo a desguazar:
- Anverso y reverso del permiso de circulación
-Ficha técnica del vehículo a desguazar
- Recibo del impuesto de tracción mecánica (IVTM) del año 2018
• Memoria descriptiva de la actuación
Documentos a adjuntar en la justificación
• Fotocopia de la factura de compraventa del vehículo adquirido, con fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
No serán admisibles las autofacturas. En la factura deberá constar la matrícula o número de bastidor, marca, modelo y versión del
vehículo y un descuento de al menos 1.000 € para las adquisiciones de vehículos M1 y N1, por el "Programa MOVES".
• Fotocopia del permiso de circulación del vehículo adquirido o fotocopia del permiso de circulación provisional emitido por la DGT.
• Fotocopia del "Certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo", por parte del Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT), en nombre de la DGT o informe del Registro General
de Vehículos de la correspondiente Jefatura Provincial de tráfico, que acredite la baja definitiva.
• Justificante de pago.
• Copia del contrato de renting, en caso necesario.
• Hoja de transferencia bancaria según el modelo de la Generalitat de Catalunya.
Restamos a su entera disposición para cualquier duda o aclaración al respecto.
Jordi Cirera
Departamento Jurídico
Guiral Asesoría y Gestión, SL
C/ Floridablanca, 55 Ent. - 08015 - Barcelona
Tlf:: 933252104 - Fax: 933251746