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Tuesday, December 1, 2015

MODIFICACION DEL PLAN PIVE 8


Mediante el Real Decreto 1071/2015, de 27 de noviembre (BOE 28-11-15), se ha modificado   el Real Decreto 380/2015, de 14 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del “Programa de Incentivios al Vehículo Eficiente PIVE, 8

Las dos principales novedades son: 

-       Queda prorrogado hasta el 31-07-2016 –antes era 31-12-2015- o hasta agotar la partida presupuestaria, si ésta fuera anterior

-       La matriculación definitiva del vehículo nuevo adquirido tendrá que ser anterior al 01-10-2016



Recordamos las principales características del PIVE 8 vigente desde el 16-05-2015:

Se encuentra regulado en el  Real Decreto 380/2015, de 14 de mayo  (BOE 15-05-2015) por el que se regula la concesión directa de subvenciones del “Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente” (PIVE 8)  que prácticamente  mantenía mismas condiciones que el plan PIVE 7,  salvo una minoración del importe de la ayuda,  1500€ (750 + 750€) –antes 2000€- salvo minusválidos y familias numerosas  que se mantienen en 3000€ (1500 + 1500€); también mantiene la exigencia de 1 año de  titularidad del vehículo a achatarrar y que tenga la ITV vigente a la entrada en vigor del presente Real Decreto, 16-05-15. 
A continuación realizamos un pequeño resumen con las dudas más frecuentes que presenta el plan PIVE 5:
  1. ¿Cuál es la tipología  de vehículos acogidos?
El  plan PIVE 8 mantiene las mismas categorías de vehículos que el PIVE 7

Vehículos Turismos de la categoría M1:
- Vehículos con etiqueta energética IDAE A o B
- Eléctricos puros
GLP y GNC: emisiones CO2 no superiores a 160 g/km
Con emisiones no superiores a 120 g/km de Clase A, B, C o D
Para familias numerosas (turismos con más de 5 plazas) o discapacitado con movilidad reducida  (vehículo adaptado  para su conducción que conste en la Ficha Técnica): clase A,B, C ; si fuera propulsado por gas natural o GLP que no superen 180 g CO2/km 

Vehículos Comerciales ligeros de la categoría N1:
Convencionales, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida: Emisiones no superiores a 160 gr/km
Eléctricos puros
-  GLP y GNP: emisiones no superiores a 160gr/km
Con emisiones no superiores a 120 g/km  de Clase A, B, C o D




  1. ¿Quienes se pueden beneficiar de la ayuda?
Particulares, autónomos y PYMESs
Deberán estar al corriente de pago  de sus obligaciones fiscales y con la SS  


  1. ¿Se pueden adquirir  vehículos semi-nuevos?
No


  1.  ¿Cuál es el importe de las ayudas?
Aportadas en partes iguales por la Administración y el sector:

-Turismos M1 y Comerciales N1 : 1.500 €  (750 € + 750 €)
Turismos M1 de más de 5 plazas para familias numerosas o  personas con discapacidad y movilidad reducida  que adquieran un vehículo adaptado : 3.000 € (1.500 € + 1.500 €)


  1. ¿Existe algún límite de precio? 

Turismos M1 y comerciales N1: 25.000€ más IVA

Turismos M1 para familias numerosas o personas con discapacidad y movilidad reducida  que adquieran un vehículo adaptado : 30.000 € + IVA

Vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables  y de autonomía extendida: 40.000€ + IVA 

Turismos convencionales (gasolina o diesel)  de la clase B y con emisiones C02 superior a 120 g/km: 20.000€ + IVA


  1. ¿Cuántos vehículos pueden adquirirse?
Un  vehículo  por beneficiario durante todo el programa PIVE 8



  1. ¿Qué vehículo debo entregar para el achatarramiento?

Indistintamente turismos M1 con más de 10 años de antigüedad y comerciales N1 con más de 7 años.

El beneficiario de la ayuda debe ser titular del  Vehículo con un mínimo de  12 meses anteriores a la fecha de  la solicitud

El vehículo tiene que estar matriculado en España antes de la entrada en vigor del programa y la baja tiene que ser posterior a esa fecha

Tiene que tener la ITV vigente al menos el día 16-05-2015, fecha de la entrada en vigor. 



  1. ¿Cómo debe configurarse la Factura?

El incentivo del sector formará parte, con el resto de descuentos de la marca, de la Base lmponible del IVA. El incentivo de la Administración se incluirá con posterioridad a la aplicación del IVA


  1. ¿Las ayudas son compatibles con otros planes de ayudas?
Son compatibles con el programa de ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo por el que se regulan las subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos.

No serán acumulables ni compatibles con las del PIMA Aire, , MOVEA

Está sometida a las limitaciones  del  Tratado a las ayudas de minimis (R CE 1998/2006)


  1. ¿Hasta cuándo estará en vigor las ayudas?
Hasta el 31-07-2016  o el agotamiento de los fondos si es antes


  1. ¿Que presupuesto total tiene el programa?
225  millones de Euros (desde 29-01-14)


  1. ¿Quién paga la parte de subvención pública?

El Instituto de Diversificación y Ahorro de la Energía del Ministerio de Industria, Energía y  Turismo (IDAE), que gestiona directamente el programa


      13. ¿Qué obligaciones, comunicación, publicidad e identificación tienen los puntos de venta?

Toda referencia en cualquier medio de difusión deberá incluir que ha sido apoyada por el Instituto de Diversificación y Ahorro de la Energía con arreglo al Programa de lncentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-8) .

Además deberá mostrarse en lugar visible, dentro de cada una de instalaciones comerciales del concesionario o punto de venta adherido, el logotipo del ((Programa de lncentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-8)», así como los soportes publicitarios que se señalan a continuación.
Los soportes publicitarios serán, como mínimo:
En la entrada del establecimiento: Cartel en tamaño mínimo DIN-A4 con la expresión «establecimiento adherido)) que acompañará al logo PIVE8.
En el interior del establecimiento: cartel DISPLAY en suelo de dimensiones 80x130 cms., en color a 410 tintas sobre  cartoncillo de 300 gr. con plastificado brillo en cara visible y soporte cartón para su sujeción en vertical.
4 En todos aquellos soportes que sean utilizados para transmitir la comunicación (spots tv, gráficas de prensa, Internet, etc.), el logo ((Plan PIVE-8)).
En medios sonoros, como canales de radio, se hará clara referencia al mismo mediante el uso de la expresión (en on o en off) ((PLAN PlVE OCHO)). El diseño de la imagen del Plan (logotipo, lema, usos, etc.) y su correspondiente ((Manual de aplicación)) en los formatos, variantes y/o adaptaciones necesarias (color, B/N, vertical, horizontal, etc.), están disponibles en la aplicación de gestión de reservas


Adjuntamos copia del BOE para una mayor claridad

Para cualquier duda póngase en contacto con nuestro Departamento Jurídico


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